BASES LEGALES
SORTEO TOYOTA - SALTOKI
1.- Compañía organizadora BREOGAN GALLEGA DE AUTOMOCIÓN S.L.U. a partir de ahora las empresas. La empresa perteneciente a Grupo Breogán con domicilio social en Avda. das Mariñas 286, 15172 Oleiros (A Coruña) B-75509687, organizan un SORTEO del disfrute de una jornada de trabajo con una Toyota Proace y el regalo de un Kit Profesional.
2.- Objeto y mecánica del SORTEO. Serán consideradas las participaciones de las personas que cumplan los siguientes requisitos, siendo los mismos demostrables a través de documentos legales oficiales:
- Residentes en la CC.AA. de Galicia.
- Con edad mínima legal de 18 años cumplidos en la fecha de participación (desde 24/03/2026).
- Que hayan rellenado correctamente el formulario.
- Solo se admitirá una participación por persona.
Quedarán exentas de participación las personas que:
- No cumplan alguno de los requisitos anteriores.
- Personas/empleados directos de Grupo Breogán.
Mecánica del sorteo:
La participación en este sorteo se realizará en base a las siguientes condiciones;
3.- Las fechas vienen delimitadas por el tiempo del evento de presentación de los nuevos modelos de Kia en las instalaciones (24/03/2026) Realizando el sorteo de manera digital en una plataforma como: Échalo a Suerte.
5.- La realización del sorteo en modo aleatorio y conforme a las anteriores determinaciones y restricciones.
6.- El premio original consta del disfrute de una jornada de trabajo con una Toyota Proace y un Kit Profesional como regalo. El premio estará condicionado por la disponibilidad de las empresas, pudiendo las empresas delimitar las fechas disponibles para el disfrute del premio.
7.- Las empresas no se harán responsables de las posibles incidencias con el premio tras su entrega ni con la inconformidad del ganador sobre las características o posibles cambios.
8.- En caso de que la persona resultante ganadora no cumpla los requisitos del sorteo, se realizaría un segundo sorteo empleando la misma metodología ya nombrada, siendo las bases para seguir de igual modo que hasta el momento.
La participación en el Sorteo supone la cesión y autorización expresa de todos los derechos de propiedad intelectual y de imagen sobre las participaciones, de forma que el participante cede a las empresas los derechos de explotación de naturaleza intelectual, industrial y/o de imagen que pudieran corresponderle o derivar de las participaciones enviadas para participar en el Concurso.
9.- Duración y Ámbito
La actividad se desarrollará en las zonas geográficas de la Provincia de Pontevedra en el mes de marzo de 2026. Si no se logra contactar con el ganador en un plazo de 24 horas, desde el primer intento de contacto, o éste renunciase al premio el sorteo quedará invalidado.
La empresa se reserva el derecho de poder reclamar que el premio sea recogido en las instalaciones de la empresa organizadora Grupo Breogán con domicilio social en Avda. das Mariñas 286, 15172 Oleiros (A Coruña).
Las empresas quedan eximidas de cualquier responsabilidad en el supuesto de existir algún error en los datos facilitados por los propios agraciados que impidiera su identificación. Igualmente, no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos o cualquier otra circunstancia imputable que puedan afectar al envío y disfrute de los premios.
Se reservan el derecho de emprender acciones judiciales contra aquellas personas que realicen cualquier tipo de acto susceptible de ser considerado manipulación o falsificación del concurso. Las empresas excluyen cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de los servicios mediante los que se realiza el sorteo, y a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir a los mismos.
Se reservan el derecho a efectuar cambios que redunden en el buen fin del concurso cuando concurra causa justa o motivos de fuerza mayor que impidan llevarla a término en la forma en que recogen las presentes bases. Las empresas se reservan el derecho a aplazar o ampliar el período del concurso, así como la facultad de interpretar las presentes bases legales. Asimismo, la empresa organizadora quedará exenta de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados, así como de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que pudiesen ocasionarse durante el disfrute del premio.
10.- Protección de datos
Los datos suministrados por los participantes serán tratados confidencialmente y recopilados en un fichero automatizado de datos de carácter personal, siendo las empresas titulares y responsables, cuya finalidad será la gestión del presente sorteo (y envío de información comercial que pudiera ser de su interés). Las empresas garantizan el cumplimiento íntegro de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal en el tratamiento de los datos personales recogidos en el presente SORTEO, en especial por lo que se refiere a la atención del ejercicio de los derechos de información, acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos personales de los concursantes.
11- Aceptación de las bases.
La simple participación en el concurso implica la aceptación de las presentes Bases, por lo que la manifestación en el sentido de no aceptación de la totalidad o parte de las mismas implicará la exclusión del participante y como consecuencia de ello, las empresas quedarán liberadas.